Le agradecemos su preferencia, y le informamos lo siguiente:
Le agradecemos su preferencia, y le informamos lo siguiente:
Le agradecemos su preferencia, y le informamos lo siguiente:
Le agradecemos su preferencia, y le informamos lo siguiente:
* LEY DE TRANSPARENCIA.- “Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros”
es de orden público y tiene por objeto regular las actividades y servicios financieros para el
otorgamiento de Crédito Garantizado para la adquisición, construcción, remodelación
o refinanciamiento destinado a la vivienda con la finalidad de asegurar la transparencia en su
otorgamiento y fomentar la competencia y la
“Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia
en el Crédito Garantizado” es del orden federal y sus disposiciones son de orden público y de
interés social. Tiene por objeto regular las Comisiones y Cuotas de Intercambio así como otros
aspectos relacionados con los servicios financieros y el otorgamiento de créditos de cualquier
naturaleza que realicen las Entidades, con el fin de garantizar las transparencia, la eficiencia
del sistema de pagos y proteger los intereses del público.
Para la realización de sus operaciones, no requiere de autorización de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y no está sujeta a la supervisión y vigilancia de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.